lunes, 9 de abril de 2012

EL IUS REALISMO

El realismo es una posición teórica según la cual hay objetos reales independientes de nuestra conciencia. Pretende resolver tres grandes problemas:

1. Concepto y naturaleza del derecho.
2. Propósito o idea del derecho.
3. Interacción entre sociedad y derecho.

Plantea la necesidad de no definir al derecho en abstracto sino al concreto (derecho vigente). Así, el punto de referencia de todas las teorías jurídicas de índole realista es que interpretan la vigencia del derecho atendiendo la efectividad de las normas jurídicas.

Para probar que una norma es derecho vigente resulta necesario de acuerdo al iusrealismo emprender ciertas investigaciones sociales con el fin de establecer si el precepto es aceptado por la conciencia jurídica del pueblo.

EL IUS POSITIVISMO

De acuerdo con Norberto Bobbio (1965: 74, 75, 104) son tres los aspectos que hay que contemplar y distinguir al abordar el estudio del positivismo jurídico:

1. Como un modo de entender la ciencia jurídica. Es delimitar si objeto de estudio e investigación; un nivel de la problemática, una forma de abordar el derecho. Considerar al derecho tal cual es, un mero hecho histórico.

2. Como una determinada teoría general del derecho. Hay que comprender el conjunto de aseveraciones estrechamente ligadas, con las cuales se describen e interpretan los fenómenos de la vida socialmente organizada. La teoría formalista del derecho es la pretensión de establecer lo que es jurídico y lo que no lo es. Ve al derecho como una técnica de organización de la sociedad, como la monopolización de la fuerza dentro de una comunidad política.

3. Como una ideología de justicia. Es una toma de posición frente a una situación fundada en un sistema de valores, con independencia de su contenido.

El positivismo jurídico como tendencia de interpretación del derecho se funda en dos grandes corrientes de pensamiento, el positivismo filosófico y el empiriocriticismo.

El iuspositivismo intenta resolver una problemática específica de lo jurídico, de ahí que conservando una base epistemológica esté preocupado por resolver ¿qué es el derecho y qué ha sido en el pasado?, buscando con ello certeza jurídica y en franca lucha contra la especulación.

La tarea del positivista es descubrir únicamente su objeto de estudio, de conocimiento o investigación, haciendo a un lado otras tareas como la valoración axiológica de esos hechos.

EL IUSNATURALISMO

Es una tendencia teórica que explica al derecho en función de los valores que protege o de los fines que persigue: la justicia, el bien común, la seguridad jurídica, la libertad, la igualdad entre otros.

Admite dos tipos de derecho, el positivo y el natural, sosteniendo la primacía del segundo sobre el primero, ya que el derecho natural son los valores que el derecho positivo tiene que reconocer si quiere ser derecho.

Los orígenes de esta tendencia están localizados en la escuela estoica de la filosofía, que sostenía que la naturaleza es el principio rector que penetra todo el universo. Al respecto del derecho natural postulaba que era idéntico a la ley de la razón, ya que el hombre en cuanto a su naturaleza es una criatura racional.

El iusnaturalismo como doctrina, con todas sus variaciones históricas han conservado a lo largo de la historia más o menos la misma problemática: ¿qué es el derecho? ¿Cuál es el valor o fin del derecho?.

La respuesta que los iusnaturalistas han dado en este terreno sin coincidentes en lo fundamental. El derecho positivo se define en función del derecho natural.

Aún dentro del iusnaturalismo, existen dos corrientes, una tradicional, cuyo máximo exponente es Tomás de Aquino, que refleja en la voluntad de Dios la creación del derecho natural; mientras que el iusnaturalismo racionalista considera que el derecho natural es un valor a alcanzar, y que su origen está en la naturaleza humana, de ahí que se basa en el principio que el hombre es un ser dotado de voluntad y razón.

EPISTEMOLOGIA JURIDICA

Se encarga de explicar si el conocimiento es posible, que forma ha de tener y cuales son sus maneras de presentarse en la sociedad, entra en la reflexión sobre el conocimiento del derecho.

El derecho existe, es algo aparentemente desordenado y abstracto, la tarea del jurista, consiste precisamente en ordenar ese caos complejo, darle forma y nombre dentro del lenguaje a las abstracciones que logran concretizarse. Esto es lo que nos pasa a todos, cuando intuimos una idea, pero carecemos de la palabra correcta o no existe, para poder expresar y definir nuestro pensamiento.

El ser humano y sobre todo el jurisprudente, intuye el derecho, no solamente sabe que existe, sino que trata de descubrirlo, realmente el jurista no inventa nada nuevo, únicamente halla dentro de la multitud de abstracciones, uno o varios cuerpos jurídicos.

LOGICA JURIDICA

La lógica jurídica es una lógica material, es decir, sus reglas principales se encuentran en la lógica formal, encaminadas a una disciplina como lo es en este caso al Derecho.

La lógica jurídica es un método de investigación para entender al Derecho, obtiene su principal fuente del conocimiento en la razón y no de la experiencia; el empleo de un lenguaje simbólico del Derecho, permite también formar un paradigma en el conocimiento jurídico, que infiere en resultados perfectos

La lógica jurídica como tal no puede existir, toda vez que no es una especie del género lógica, sino lo que recibe ese nombre es solamente la aplicación de la lógica a la ciencia del derecho.

LOS SOFISTAS

Los sofistas




La palabra "sofista" (sophistés) fue, al principio, un sinónimo de "sabio" (sophós), Heródoto por ejemplo, la usaría para referirse a Solón  y Pitágoras. Solo más tarde adqueriría a través de los diálogos platónicos el sentido peyorativo de hábil engañador.
Los sofistas, no formaron escuela, ni tampoco defendieron una doctrina de rasgos comunes. No obstante, es posible puntualizar algunas coincidencias entre ellos:
a. Representan un notable giro filosófico como consecuencia de las nuevas necesidades intelectuales planteadas por la democracia. Se centraron así en problemas de índole práctica como la política, la moral, la religión, la educación, el lenguaje, etc.
b. Adoptan una actitud relativista y escéptica. Esto se refleja en el abandono de la physis... ¿para que seguir discutiendo sobre aquello que nunca se llegará a conocer en términos de verdad?. Pero además, se muestran relativistas en relación a los problemas humanos ya que observan que distintos pueblos poseen leyes y costumbres diferentes.
c. No representan un conjunto sistemático de pensadores ni tampoco buscan principios universales para operar de modo deductivo al estilo de Parménides.
d. Han tenido enorme influencia en la vida ateniense. Pusieron en tela de juicio la pólis en su sentido tradicional, realizando una labor crítica de las instituciones e impulsando nuevas ideas. Estas ideas (y los instrumentos enseñados por los sofistas, la oratoria y el arte de la discusión) se prestaban a todo tipo de manipulaciones por los ambiciosos de la época. La figura del sofista, aparece en consecuencia, con notable ambigüedad.


APARICION DE LOS SOFISTAS


Luego de la terminación de las guerras contra los persas, e Atenas y en otras ciudades de Grecia comenzaron a establecerse formas democráticas de gobierno. La nueva realidad política y el propio desarrollo del pensamiento, dieron lugar a ala aparición de un grupo de pensadores a los que, por su gran erudición, se comenzó a designar con el nombre de Sofistas.
Con el paso del tiempo, ese nombre ha ido convirtiéndose en sinónimo de pensador tramposo, charlatán embaucador, etc.
Los sofistas nunca constituyeron una escuela filosófica homogénea, en materia política vinieron a satisfacer una necesidad social. Preparar a los ciudadanos, en especial a los jóvenes, para las responsabilidades a los jóvenes, para las responsabilidades políticas que la democracia traía consigo.
Notables Dramáticos enseñaban también el arte de la elocuencia, pero cayeron en descrédito por dos razones, principalmente.
La primera, porque cobraban por enseñar. En Grecia nunca antes alguien había cobrado por impartir enseñanzas. Este hecho fue causa para tratarlos como indignos mercaderes.
La Segunda, fue su exagerado relativismo respecto del conocimiento. Enseñaban que ninguna verdad es absoluta y que todo depende de las circunstancias que determinan si una verdad es provechosa o dañina.
En última instancia, algunos sofistas, llevando el relativismo a niveles exagerados, consideraban al éxito como fundamento y razón del conocimiento por lo que la verdad dependería de la habilidad en el uso del lenguaje para ganar una discusión.